Social y Solidaria

JUBILADOS A OBRAS SOCIALES

JUBILADOS A OBRAS SOCIALES

Por Juan José Sagardía: Presidente de Mutual Jeráquicos

En 2005, a través del Decreto 292/05, el Poder Ejecutivo Nacional autorizó a las Obras Sociales que se rigen por la Ley 23.660/89 que permitan a los asalariados que optaron en actividad por una Obra Social inscripta para prestar el Servicio de Salud a jubilados, que continúen con esa Obra Social y mantengan el mismo Servicio de Salud, que tenían hasta el momento de jubilarse.

De esta manera, se cumple lo dispuesto en la Ley 23.660 de Obras Sociales en los Art. 8, 16 y 20 donde se establece que los aportes descontados de los haberes jubilatorios se transfieran a la Obra Social seleccionada por el jubilado.

¿Cuál es la realidad?

Dentro de la disposición resuelta por el Ejecutivo Nacional (Decreto 292/05) se deja sin efecto y sin fundamento alguno lo dispuesto en la Ley antedicha (23.660/89) y se establece que las Obras Sociales de Jubilados recibirán una cápita determinada por los Ministerios de Salud, Trabajo y Economía.

Desde enero de 2013 a la fecha (sólo 6 años y 3 meses) se estableció una cápita de $192 sobre un promedio de aportes de $ 2.500. Dicha diferencia se le deposita al PAMI (quien no presta el servicio) o lo retiene ANSES, aunque esto no es fácil determinar.

Además, y por si fuera poco, se quedan con los aguinaldos semestrales.

Las Obras Sociales que se adhirieron a la Resolución del Gobierno no pueden hacerse cargo del Servicio de Salud con un aporte de $192 y un subsidio que usan a discreción. Nunca van a alcanzar a cubrir los gastos lógicos de los jubilados.

Que se respete la Ley

Los jubilados pretendemos que se respete la Ley 23.660 que determina que los aportes descontados de los haberes de la jubilación lleguen a la Obra Social que le presta el Servicio de Salud y no que vaya a PAMI, quien nos da de baja del Padrón y no nos brinda ninguna prestación, a pesar que recibe el 90% de nuestros aportes obligatorios.

Nos preguntamos entonces, ¿por qué es tan difícil transferir el 100% de los aportes que descuentan de los haberes jubilatorios? ¿Cómo se hace cuando uno está en actividad? ¿ANSES transfiere a la Obra Social el 100% de los aportes y contribuciones?

En este caso, el dinero está transferido a PAMI que no es la Obra Social que atiende a estos jubilados y se benefician con el sacrificio económico y el impacto que ello significa a la economía familiar de cada jubilado.

En este caso, los jubilados que hemos optado libremente por una Obra Social de la Ley 23.660 que está vigente y que no tomamos el servicio de PAMI, somos objeto por parte del Ejecutivo Nacional de una manifiesta gravedad institucional que lesiona y genera un cercenamiento al Derecho de la Propiedad y agrede el Derecho de la Salud, concepto determinado en nuestra Constitución Nacional. El Derecho a la Salud es determinante en la Constitución Nacional, lo cual está confirmado en fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Se tergiversa el sentido común

La pregunta es ¿por qué el Poder Ejecutivo de la Nación, que es quién debe aplicar lo resuelto en la Constitución Nacional, quien debe respetar las Leyes Vigentes, tergiversa el sentido común de las cosas?

Concretamente, los jubilados de Obras Sociales reclamamos el total de nuestros aportes, no queremos subsidios.

Conclusión:

El Poder Ejecutivo Nacional nos sustrae nuestros genuinos aportes y subsidia a PAMI, que tiene infinitos recursos.

¿Podrán explicar en qué Ley está determinado incautar los aportes que los jubilados hacemos mensualmente para la Obra Social seleccionada? Es una apropiación indebida e ilegítima a cada jubilado, vulnerando el derecho elemental a la Salud, teniendo ese aporte un destino preciso y determinado.

¿Podrá ser que un Fiscal de la Justicia entienda que el Estado Nacional sustrae indebidamente los aportes de los jubilados a la Obra Social que le da el Servicio de Salud, sin ningún justificativo legal y lo entrega al PAMI?

No existe una conformidad del aportante jubilado para que así se administren sus aportes.

Señores del Poder Ejecutivo Nacional, señores representantes de la Justicia, señores políticos, dejen de meternos la mano en el bolsillo, somos jubilados, merecemos respeto.

Que el Señor nos Bendiga ante tal tropelía.

 

 

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LA FEMFASE CUMPLIÓ SUS VEINTE AÑOS

LA FEMFASE CUMPLIÓ SUS VEINTE AÑOS

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Lic. Russo - Gral. R. Olivera - Gral. Br. Fabián Brown

Con la hospitalidad de S.M.S.V. se celebró en sus instalaciones el 20º Aniversario de la Federación de Mutualidades de las FF AA y de Seguridad, con la presencia de los directivos de las mutuales asociadas; los directivos de la CAM: Alejandro Russo y Narciso Carrizo; el Gral. Br (R) Jorge Alberto Olivera, ex Presidente de la FEMFASE y el Dr. Ernesto E. Arroyo.

Una cálida bienvenida

El Gral. de Brigada D. Daniel Manuel Reimundes, Presidente de la Mutual anfitriona manifestó que “tenemos 200.000 personas a las que tratamos de servir en tiempos difíciles, desde el año pasado somos la mitad más pobres, hay que tenerlo en cuenta para ampliar nuestros servicios. Este es nuestro trabajo: convencer sobre como ayudamos y complementamos al Estado y a pesar de eso, nos sentimos incomprendidos”.

Gral. Br (R) Fabián Alfredo Brown Presidente de FEMFASE

Enfatizó que “la fortaleza de la Federación es el despliegue territorial que tiene al cubrir todas las provincias del país.

En 1999 se tuvo un año electoral, los titulares de los diarios anunciaban la llegada del Príncipe Carlos, Menen anunciaba la reelección y Racing hacía 33 años que no salía campeón, la realidad no ha cambiado mucho y este es un año electoral, para el país y para la CAM.

Es un año de cambios, de renovación, es importante periódicamente oxigenarse para encarar los problemas, hemos asumido que hubo para el sector una falta de credibilidad por parte de la sociedad, que estamos solucionando a través de la capacitación de los dirigentes para lograr que se visibilicen; fueron muchos los seminarios y también una licenciatura para la capacitación de los Consejos Directivos gracias a un fuerte apoyo del INAES.

Por la necesidad de una mayor transparencia, seguimos los lineamientos del Estado para modernizar la gestión y hemos podido llevar computadoras a algunas mutuales para realizar los trámites a distancia para la mayor claridad en la gestión.

Encaramos también la defensa de la identidad mutual. La reforma tributaria buscaba igualarnos con las sociedades anónimas. La especificidad que nos dan las leyes, con más de cincuenta años de organización en el país de nuestras mutuales militares, los círculos militares, la Sociedad Militar, la de Socorros Mutuos, el Centro Naval, todas vienen a responder a necesidades básicas de los camaradas dentro de una cultura militar que se encuadra en doctrina y nuevos procedimientos técnicos profesionales.

El Principio de asociarnos para solucionar los problemas de todos se encuentra absolutamente vigente y tiene lazos solidarios; por eso estamos defendiéndonos, porque al dar más y mejores servicios, nos asumen como una competencia desleal ante otro las organizaciones lucrativas, tenemos que discutir el mejor instrumento para enfrentar esto y encontrar las mejores soluciones. Ha sido un año importante, de mucho trabajo, considerando que al mutualismo militar lo hacemos personas que han hecho ya sus carreras”.

Recordó también las palabras del Gral. de Brig. (R) D. Juan Pablo Saá en la primera reunión del Consejo Directivo:

“Trataremos de servir a las mutualidades que integran la FEMFASE, haciendo lo que corresponda de la forma más criteriosa y honesta posible, que Dios nos acompañe y nos ilumine”

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LA SALUD: UN DERECHO AMENAZADO

LA SALUD: UN DERECHO AMENAZADO

Las modificaciones introducidas al decreto 1993/2011 por el Decreto 66/2019 del 23 de enero de 2019 se orientan a concentrar en la Superintendencia de Servicios Salud todas las funciones relacionadas con la aplicación del régimen de Medicina Prepaga, pretendiendo quitar competencia al INAES sobre las Mutuales de Salud.

El pasado 23 de enero, se publicó en el Boletín Oficial de la Nación el Decreto 66/2019, el cual introdujo modificaciones al anterior decreto 1993/2011, reglamentario de la Ley 26.682 de Medicina Prepaga, dictada a fines del 2011. Si bien este decreto sólo modifica siete artículos del anterior, las reformas allí volcadas son de significativa importancia, y generan desconcierto y preocupación en el sector.

Entre las modificaciones dispuestas, debemos distinguir aquellas que alcanzan a todo el universo de sujetos comprendidos en la Ley de Medicina Prepaga, incluidas las mutuales y cooperativas, y por otro lado, las que impactan de manera específica sobre las entidades de la Economía Social que prestan el servicio de salud. Entre las primeras, hay algunas que venían siendo anunciadas por el mercado de la actividad, tales como las referidas a planes parciales, al régimen de aumentos de cuotas y a las preexistencias.

Atentos a lo que se menciona de los planes parciales en el decreto 66/2019, observamos que se elimina el párrafo que hacía referencia a mutuales y cooperativas, en donde se autorizaba a que estas entidades pudieran continuar prestando servicios bajo la supervisión del INAES, pero inscribiéndose en el Registro de Empresas de Medicina Prepaga (EMP).

En este último aspecto, queremos expresar nuestra preocupación al pretender quitar la competencia del INAES, resultando evidente que apuntando a una exclusividad semejante a la que existe con otras actividades, tal como sucede con la Superintendencia de Seguros en materia aseguradora, y del Banco Central en cuanto a la actividad financiera.

Siguiendo con los planes parciales, el decreto también hace hincapié en que la Autoridad de Aplicación autorizará los nuevos planes parciales a propuesta de la Comisión Permanente, prevista por el artículo 6° de la ley, constituida por tres representantes del Ministerio de Salud- hoy Ministerio de Salud y Desarrollo Social- y tres del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas- actualmente Finanzas Públicas-, previendo que todos los sujetos comprendidos en la Ley 26.682 presenten nuevos planes de cobertura parciales a la mencionada Comisión Permanente.

Queremos recordar la posición adoptada y anunciada por FAMSA para el día del mutualismo de 2017, en donde advertimos que “ante la caída de mucha gente del sistema privado de salud, producto de los elevados costos de cualquier plan de cobertura médica, las grandes prepagas plantean que el gobierno autorice la comercialización de planes parciales, permitiéndoles así sostener clientes y, además, ganar un mercado de usuarios con menores ingresos”.

También, rechazamos la visión de planes parciales como una herramienta de mercado, reivindicando el derecho natural de nuestros asociados en definir el alcance de una cobertura médica y el valor que pagará por ella.

A los efectos de aclarar estos asuntos, FAMSA solicitó formalmente audiencias al Superintendente de Servicios de Salud, Sebastián Neuspiller; al secretario de Promoción de la Salud, Prevención y Control de Riesgos, Adolfo Rubinstein; y, particularmente, a la Ministra de Salud y Desarrollo Social, Carolina Stanley, con el objeto de evacuar estas dudas, dejar formalmente expresada la posición de las mutuales y cooperativas que brindan servicios de salud en nuestro país y solicitar tener participación en las decisiones que se tomen en la Comisión Permanente.

Fuente: Famsa

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ACUERDO SALARIAL CAM – CONAM

ACUERDO SALARIAL CAM – CONAM

El 18 de diciembre 2018, la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) y la CONAM, suscribieron un acuerdo salarial con la Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDyC), que actualiza la escala salarial CCT 496/07, el cual establece un incremento del 23% a ejecutarse en tres tramos, para el período de mayo a octubre de 2019.

DETALLE DE AUMENTOS

Mayo 2019: 8% sobre los básicos de abril de 2019.

Agosto 2019: 7% sobre los básicos de abril de 2019.

Octubre 2019: 8% sobre los básicos de abril de 2019.

Durante la firma, estuvieron presentes Carlos Orlando Bonjour, secretario general de la UTEDYC; Fernando Storchi, presidente de la Cámara de Gimnasios de Argentina (CGA); Narciso Carrizo, vicepresidente de la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM), y Rosa Rodríguez, presidente de la Confederación Nacional de Mutualidades de la República Argentina (CONAM).

El acuerdo cobra vigencia a partir de la fecha de su celebración.

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