Social y Solidaria

COMUNICADO CONAM

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POSICIÓN DE CONAM ANTE LA GRAVEDAD DE LA RESOLUCIÓN N° 99/2023 DE LA UIF PARA LOS SUJETOS OBLIGADOS

“Desde la Confederación Nacional de Mutualidades de la República Argentina (CONAM) queremos expresar nuestra clara postura en torno a la altísima gravedad que ha ocasionado para las mutuales de Argentina la publicación de la Resolución 2023-99-APN-UIF#MEC publicada en el Boletín oficial 45817 del pasado 16 de Junio, con vigencia a contar del 1º de Agosto 2023, la cual nos sitúa en igualdad de condiciones que a las entidades bancarias y financieras con fines de lucro, cuando las Ayudas Económicas que ofrecen las entidades mutuales son un complemento de asistencia solidaria que se les brinda a los asociados de éstas.

Entendemos la importancia de las recomendaciones internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el trabajo desarrollado en Argentina por el Ministerio de Justicia de la Nación, en coordinación con la Unidad de Información Financiera (UIF), dentro del Programa de Coordinación Nacional para el Combate del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.

No obstante, lo cual, si bien acompañaremos las implementaciones y regulaciones, como siempre hemos hecho, sí debemos expresar nuestro enfático desacuerdo con lo que conlleva la normativa mencionada. Como entidad de tercer grado del sector mutual, tenemos una expresa obligación de defender los intereses y el bienestar de las federaciones de mutuales, las entidades mutualistas, quienes trabajan en ellas y las familias asociadas a éstas. Razón de ello es que esta Confederación pone a expreso conocimiento público que se le ha solicitado a la UIF un recurso de reconsideración, solicitando la implementación de una escala proporcional en la aplicación de la normativa en cuestión, ello a fin de considerar una segmentación dado que no todas las entidades poseen los mismos recursos administrativos y económicos para hacer frente a todas las obligaciones emanadas de la nueva Resolución.

Subsidiariamente, y para el caso de no hacer lugar a la revocatoria requerida, esta Confederación ha peticionado una prórroga en la aplicación de la normativa hasta el 1° de enero de 2024.

Es nuestro mayor deseo poder llegar a un acuerdo que no perjudique los intereses centrales de ambas partes. Razón de ello es que hemos venido trabajando mancomunadamente con la UIF: manteniendo reuniones de trabajo y participando en los diversos talleres de información efectuados en el marco de la Evaluación Nacional de Riesgos (ENR), realizados de forma virtual y en la sede central del Banco de la Nación Argentina.

Razón de ello, es que esta Confederación pone a expreso conocimiento público que se le ha solicitado a la UIF la implementación de una escala proporcional en la aplicación de la normativa en cuestión, ello a fin de considerar una segmentación en la aplicación dado que no todas las entidades tienen el mismo tamaño de su actividad administrativa.

Sin embargo, este trabajo en conjunto no se vio reflejado en cuanto a la Resolución 2023-99-APN-UIF#MEC a la cual hacemos referencia. Se ha mencionado que para la implementación de la misma se han escuchado las apreciaciones del Sector Mutual, pero esto no es así. Al día de la fecha nuestras sugerencias han sido totalmente desestimadas.

Reiteramos nuestra posición a resolver este problema que afecta a las entidades del Sector Mutual de forma mancomunada, como nuestra historia e identidad nos demanda, solicitando la consideración de las propuestas enviadas y la apertura de los canales de diálogo.”

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